La burocracia es un rollo. Da gusto poder decirlo así porque no es ningún tabú. Firmas, hojas, documentos, sellos… Ahora envías un correo, ahora lo recibes, ahora tienes que ir a una oficina y luego te lo tienen que firmar. Es el mismo lío de siempre, así que es de agradecer que te hagan las cosas fáciles. Por eso, en Spotahome hoy queremos hablarte de todo lo que no se te puede olvidar si vas a alquilar tu piso. Al menos sobre el papel. Apunta, apunta.

1. Sujeción y atención a la ley

Queremos partir de lo que parece bastante lógico: hay que hacer las cosas conforme a la ley. Y esto abarca muchos palos. Además, el contrato debe tener una determinada estructura, que vendrá dada por la ley, y de la que saldrán tanto las obligaciones del arrendador como las del arrendatario, que deben quedar claras para evitar cualquier tipo de lío.

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2. Firmantes

Es igual de evidente que la ley. En el contrato deben aparecer todos los datos de los firmantes del contrato de arrendamiento, para lo que se debe certificar, por supuesto, la veracidad de la identidad de quien quiere alquilar tu piso. Ante cualquier contingencia o problema legal, serán los firmantes quienes tendrán que responder ante la ley.

3. Ajustar el precio

El precio queda a discreción del propietario y ya depende del posible inquilino aceptarlo o no. Ante la duda, no está de más echar un vistazo a la oferta de inmuebles en alquiler por la zona en la que se encuentre la vivienda, y así poder comparar e intentar agregar un precio de la forma más justa posible. ¿Tienes, por ejemplo, un piso que quieres poner en alquiler en Barcelona? Pues le echas un ojo a la oferta de precios de Spotahome en la Ciudad Condal.

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4. Inventario y descripción de la vivienda

Este punto es sin duda uno de los más importantes. ¿Eres una persona minuciosa, escrupulosa en los detalles? Pues aquí tendrás que serlo más, si cabe. A todo el mundo le gusta que le devuelvan lo prestado tal y como se dejó al inicio. Si hablamos de tu vivienda, entendemos que esta preocupación es todavía mayor. Así, habrá que hacer un inventario con todo de lo que consta el piso: primero, para que el inquilino sea consciente y, segundo, para que en el contrato quede reflejado ante cualquier problema que pudiera surgir luego. Si a esto le añadimos una descripción meticulosa de las condiciones de la vivienda, así nos protegemos y envolvemos en las suficientes garantías jurídicas como para quitarnos una preocupación de encima. La forma tradicional de asegurarse ante posibles daños del inmueble es el pago de una fianza, pero hoy también hay alternativas como el alquiler online sin depósito que ofrece Spotahome.

5. Los tiempos

¿Que a qué nos referimos con los tiempos? Podría decir cualquiera que los tiempos lo son todo…, y tampoco le faltaría razón. En el contrato no podrá faltar la duración del acuerdo, que preverá la resolución del arrendamiento y la posibilidad o no de prorrogarse. Asimismo, se deberá tener en cuenta también plazos como el del pago de la mensualidad, cuya falta reiterada podría considerarse causa de extinción del contrato, o el de la devolución de la fianza, si la hubiera.

6. Reparaciones, reformas y gastos

En el contrato debe especificarse qué gastos corresponden al inquilino y cuáles al propietario. Esto también queda a discreción del arrendador, que podrá incluir o no en el precio del alquiler los gastos que no quiera asumir. Asimismo, ante determinadas reparaciones que se necesiten a lo largo del contrato de arrendamiento, en este también se explicitarán aquellos tipos a los que hará frente el propietario y aquellos de los que tendrá que ocuparse el inquilino. Otro asunto son las reformas, que quedarán terminantemente prohibidas sin previo consentimiento del arrendador. Desde luego, palabras mayores.

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