A pesar de las grandes controversias generadas durante el proceso de discusión de la Ley, el Consejo de Ministros aprobó con fecha 1 de febrero de 2022 la nueva ley de Vivienda en España.

La nueva ley de vivienda española, en armonía con las disposiciones constitucionales vigentes define el concepto de “vivienda digna”, entendiéndose por tal: «La vivienda digna es aquella que es habitable, accesible, energéticamente eficiente y que además garantiza el acceso a los suministros básicos sin que su disfrute suponga un esfuerzo económico inasumible por parte de los ciudadanos».

Definición de “pequeños propietarios”.

Ahora bien, es preciso saber qué se considera “pequeño propietario” en la normativa, antes de comenzar a detallar los beneficios que la Ley les aporta. Son “pequeños propietarios”, aquellos que ostentan la propiedad de 10 (diez) o menos viviendas. Se consideran “grandes propietarios” o “grandes tenedores” todos aquellos que sean detentores de la propiedad de más de 10 viviendas.

Incentivos fiscales de la Ley para los pequeños propietarios.

Los propietarios con 10 o menos viviendas (pequeños propietarios), pueden, a través de esta nueva Ley, obtener importantes ventajas desde el punto de vista fiscal, modulando la actual rebaja fiscal del 60% en el impuesto a la renta de las Personas Físicas (IRPF) para incentivar de esta manera la rebaja del precio de los alquileres.

Está prevista una bonificación de hasta el 90% si admiten bajar el precio del alquiler. El máximo de dicha bonificación (90%), sólo se aplicará si los pequeños propietarios aplican un descuento de al menos un 5% respecto al precio de la renta del contrato inmediato anterior si la rebaja del precio del arrendamiento se realiza en inmuebles situados en las denominadas “zonas tensionadas”.

Otras posibles bonificaciones fiscales para los pequeños propietarios.

Los pequeños propietarios pueden obtener una bonificación del 70% (setenta por ciento) en las siguientes hipótesis:

1. Para el caso de un alquiler a jóvenes de entre 18 y 35 años por primera vez con los precios de referencia para las denominadas “zonas tensionadas”.

2. Destinar el inmueble a alquiler social a un precio inferior al ofrecido por los programas públicos a personas en situación de “vulnerabilidad”.

Por su parte, la bonificación puede llegar al 60% si:

El nuevo contrato de alquiler se realiza en un inmueble con mejoras y/o rehabilitación y el precio del arrendamiento se mantiene congelado, es decir no se estipula ningún aumento respecto al contrato anterior.

En aquellos casos en que los propietarios decidan alquilar sus inmuebles fuera de las hipótesis antes detalladas, la bonificación llegará al 50%.

Ejemplo de beneficio fiscal de la nueva Ley de vivienda para los pequeños propietarios.

Pongamos como ejemplo a un pequeño propietario  que decide alquilar su casa o departamento, supongamos, a un precio de 900 € por mes, aplicando una reducción en la renta del 5% respecto al contrato anterior, fijando el precio del arrendamiento en 855 € por mes. Como hemos mencionado anteriormente, en ese caso el propietario llegaría a obtener una bonificación del 90% del monto del IRPF.

Realizando un cálculo de lo que debería pagar por IRPF en base al ejemplo anterior de una renta de 900€ mensuales, el monto base de renta neta sería de 7182 €, que, con el índice actual de tributación del 60% (sesenta por ciento), deberían tributar por un rendimiento de 4309 €. Si aplicamos la bonificación que otorga la nueva Ley de vivienda, ese monto tributable de (4309 €) se vería reducido en un 90% debiendo pagar el propietario sólo por un rendimiento de 718 €.

En cualquier caso, es preciso recalcar que aunque la bonificación máxima requiera una rebaja en el precio del alquiler anterior (en zonas tensionadas), como hemos descrito anteriormente, son aplicables otras bonificaciones sin necesidad de imponer un descuento sobre el alquiler anterior.

Nueva potestad de los ayuntamientos a tener en cuenta.

La contrapartida de este incentivo es que, aquellas viviendas que lleven más de 2 años vacías podrán ver su IBI (Impuesto a los bienes Inmuebles) aumentado hasta en 150%, debido a que el Gobierno ha dado a los Ayuntamientos la posibilidad de realizar dichos incrementos fiscales (explican los analistas de GRUPO TOEK).

El espíritu de la Ley es generar condiciones de arrendamiento más beneficiosas y estimular a los propietarios a arrendar las viviendas vacías.

Por otra parte, las condiciones para los grandes propietarios serán objeto de algunas modificaciones a su régimen no tan beneficiosas, pero que pretenden gravar aquellas situaciones en que las viviendas permanecen vacías por extensos períodos de tiempo.

Puede consultar las implicaciones de la nueva Ley de Vivienda para los grandes propietarios en SPOTAHOME.

¿Afecta la nueva Ley de Vivienda y los alquileres temporales?

Debemos destacar que ya sea pequeño propietario o no, la nueva Ley de Vivienda no se aplica a los arrendamientos temporales,ya que el objeto de estos es diferente al arrendamiento para vivienda permanente. Así que sí estabas pensando en alquilar tu propiedad de forma temporal te invitamos a que descubras las ventajas que te ofrece Spotahome, la plataforma líder en alquileres a medio y largo plazo.